viernes, 27 de agosto de 2010
Divorcio por maltrato
miércoles, 14 de julio de 2010
Decreto de Medida de prohibicion de enajenar y gravar
1era Instancia del Estado Nueva Esparta, a solicitud nuestra, medida
de prohibición de enajenar y gravare sobre casi 200.000 mts 2 del
complejo habitacional La Ensenada, ubicado en La Guardia. Juicio que
sigue contra los constructores y organizadores , un comprador de dicho
complejo ante el incumplimiento en la culminación del proyecto.
miércoles, 9 de junio de 2010
Juicio sobre Telecomunicaciones
Artículo 189.- Será penado con prisión de uno a cuatro años: . .
2. El que utilizando equipos o tecnologías de cualquier tipo, proporcione a un tercero el acceso o disfrute en forma fraudulenta o indebida de un servicio o facilidad de telecomunicaciones;
Ahora bien, el suministro de Internet a través de la vía Inalámbrica, suministrado los equipos de forma inalámbrica, se realiza por las frecuencias libres de 2.4 ghz y 5.8 ghz, frecuencias universalemente libres y en Venezuela de igual forma, conforme los artículos 23 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones , concatenado con el artículo 5.2.2 de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No. N° 863 de CONATEL sobre LA CALIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE USO LIBRE, los cuales claramente establecen :
Ley Orgánica de Telecomunicaciones . Artículo 23.- No se requerirá habilitación administrativa para la instalación u operación de equipos o redes de telecomunicaciones, en los casos siguientes:
2. Cuando se trate de equipos que, a pesar de utilizar porciones del espectro radioeléctrico, hayan sido calificados de uso libre por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones;
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No. N° 863
Artículo 5. 2.2
Dispositivos para redes radioeléctricas de área local (RLAN)
Frecuencia (MHz) | Máxima potencia de salida (pico) del transmisor | Máxima densidad espectral de potencia de salida (pico) del transmisor | PIRE Máxima |
2.400-2.483,5 | 1 W | No aplica | 4 W |
5.725-5.850 | El menor valor entre 1 W ó 17 dBm + 10 log B (Ver nota 1) | 17 dBm/MHz en cualquier banda de 1 MHz | El menor valor entre 4 W ó 23 dBm + 10 log B (Ver nota 1) |
Por lo cual mantenemos que esta actividad no posee nada de delictiva.
jueves, 15 de abril de 2010
Juicio Contra La Comunidad Francisco Fajardo
Asociación que desde hace años de forma reiterada comete este tipo de actuaciones en nuestro Estado, plenamente tipificadas en el artículo 463 ordinal 3ero de nuestro Código Penal, y que de forma asombrosa e indolente nuestros jueces alegando que dichos hechos son de naturaleza civil, permiten la impunidad de estas personas, que hasta el propio Ministerio de Interior y Justicia mediante Resolución Nº 262 dictada el 4 de junio de 1999, le ha prohibido se le registren ventas hasta tanto no lleven a cabo una debida partición judicial de los terrenos que alegan ser propietarios . No obstante en desacato a esta prohibición Ministerial, la cual es corroborada por el Tribunal Supremo en reiteradas decisiones como la emitida por la SALAPOLÍTICO ADMINISTRATIVA, Magistrado Ponente HADEL MOSTAFÁ PAOLINI, Exp. Nº 2000-0037 de fecha 02/03/2004, la cual se anexa al presente escrito en Nueve (9) folios direccion Web http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/Marzo/00170-030304-2000-0037.htm , continúan vendiendo terrenos de forma anárquica a través de Notarías produciendo este tipo de hechos punibles claramente tipificados en el artículo 463 ordinal 3ero del código penal el cual señala:
Artículo 463. Incurrirá en las penas previstas en el artículo 464 el que defraude a otro:
3. Enajenando, gravando o arrendando como propio algún inmueble a sabiendas de que es ajeno.
No obstante ejercí apelación de la decisión, y seguro estoy de que la Corte de Apelaciones revocará la decisión y reponerá la causa a fin de celebrar nuevamente la audiencia.